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Última actualización 11/11/2009@16:00:09 GMT+1
Según la UCE, que afirma que en los últimos meses han aumentado las reclamaciones por este tipo de líneas, la aplicación del nuevo Código de Conducta debe venir reforzada con medidas legales de control.
La Unión de Consumidores de Castilla-La Mancha (UCE C-LM) valoró positivamente la entrada en vigor del Código de Conducta que regula los números 905, aunque consideró que su aplicación debe venir reforzada con medidas legales que controlen a las empresas que prestan estos servicios, ya que en los últimos meses se ha producido un aumento de las reclamaciones por facturaciones excesivas de llamadas a este tipo de líneas.
De este modo, UCE espera que la aplicación del Código de Conducta a las líneas 905 sirva para evitar el aumento de conflictos relacionados con la prestación de este tipo de servicios. Así, apuntó que la tarificación que se realiza al usuario es por llamada, bien en su modalidad de televoto o servicio de ocio, según informó en un comunicado.
UCE ha comprobado un aumento de los concursos llamados "Call TV" en diferentes cadenas, tanto analógicas como digitales, cuya forma de actuación podría vulnerar el Código de Conducta establecido, "por eso se hace pertinente la intervención de la Secretaria de Estado de las Telecomunicaciones para investigar los casos denunciados".
El nuevo Código de Conducta, que recientemente ha entrado en vigor, recoge muchas de las reivindicaciones que desde entidades como UCE se han realizado para controlar los problemas con los 905. El texto introduce mecanismos que eviten que se llame a estas líneas de manera compulsiva sin contar con la información necesaria.
Igualmente, los usuarios dispondrán en cada llamada que realicen a los números 905 de una locución informativa sobre el precio y el responsable del servicio. Dicha llamada dura ocho segundos, seguidos de otros tres en el que el usuario, podrá interrumpir la llamada si no está de acuerdo.
De vital importancia
Por todo ello, UCE consideró "de vital importancia" controlar los soportes de comunicación en los que estas líneas 905 se publicitan, y destacó que el nuevo Código de Conducta determina que la publicidad de estos servicios deben incluir información sobre el precio de la llamada, el servicio prestado, el responsable del mismo, e indicar un domicilio social para posibles reclamaciones.
Asimismo, recordó que tras la aprobación de la Resolución de 4 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, al código telefónico 905 les será de aplicación la regulación vigente para los servicios de tarificación adicional y la protección del usuario de servicios de comunicaciones electrónicas.
"Esto implica que la factura telefónica deberá tener desglosada la parte que se paga al operador de telefonía por la llamada y aquella que se abona al prestador de servicio por participar en el evento, de esta forma en los casos de reclamaciones, en las que el usuario no esté de acuerdo con la facturación de la línea 905, podrá pagar sólo la parte del servicio telefónico y reclamar la parte conflictiva, sin que el operador le corte la línea.